Mecanismos para evitar incumplimiento a las leyes por la entrada de automóviles extranjeros usados a territorio nacional
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Resumen
Existe un beneficio en materia de comercio exterior para que aquellos vehículos propiedad de residentes en el extranjero (mexicanos o extranjeros), puedan circular dentro de una franja de 20 kilómetros paralela a la línea divisoria internacional y en la región fronteriza, que se encuentra establecida en la regla 3.4.8 de las Reglas Generales de Comercio exterior vigentes, sin embargo la propia normatividad actual no advierte alguna vigencia para el ingreso ni mucho menos un mecanismo para asegurar que el vehículo regresó al país de procedencia, las condiciones aplicables al beneficio de las Reglas antes previstas provoca el supuesto de quedarse en territorio mexicano y posteriormente venderse de manera ilegal. Los autos que entran al país y no respetan la regla se convierten en ilegales, además de estos se tienen los que ingresan de manera temporal que, al terminar su vigencia, y no retornar se convertirán en ilegales.
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